8 de abril de 2009

Derechos del niño


Mónica Contreras, Socióloga
Tengo derecho a vivir en familia

que me cuide, me alimente,
pero por sobre todo, que me quiera

    El día 14 de Agosto de 1990 fue promulgada como Ley de la República de Chile, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, conjunto de derechos humanos particulares de todos los niños, niñas y adolescentes de 0 a 18 años. Nueve años después, teniendo este marco legal y ético, entra en vigencia en nuestro país la Ley 19.620, que regula la adopción y que establece en su artículo n° 1 que "la adopción tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no pueda ser proporcionado por su familia de origen".
    Pero ¿Quién está en el centro de estas leyes?, ¿Qué implicancias tienen en la vida de las familias adoptivas este derecho humano? Son preguntas relevantes que merecen ser abordadas.
    En primer lugar, es necesario reconocer que, si bien, la adopción es un camino para la satisfacción plena de un anhelo de familia compartido por adultos, el foco está puesto en el niño; y esta opción nace como un mecanismo regulado por el Estado, que busca reestablecer a los niños y niñas que han sido vulnerados, su derecho a vivir en familia, pero no en cualquier tipo de familia, sino en aquella que les permita desarrollarse como sujetos pleno de derechos. Y aquí entramos en el terreno de las implicancias.
    No existiendo un modelo único y válido de familia, ni aquella que sea “perfecta”, las familias adoptivas tienen, en este sentido, un sello particular: han sido “elegidas” por la sociedad para que asuman, con amor, responsabilidad y para siempre, la misión de concretar la restitución de este derecho. La familia adoptiva, en conjunto con su nuevo integrante, es la llamada a cambiar la trayectoria vital de ese niño o niña que vivenció la frustración de un proyecto familiar asociado a sus orígenes. Esto implica proveer a sus nuevos hijos e hijas de todo lo necesario, tanto en el ámbito material como espiritual, para que ellos gocen de la posibilidad real de desarrollarse integralmente, de participar activamente en su entorno familiar, escolar, comunitario y en las decisiones que los afectan, y de vivir sintiendo que son protegidos, por derecho irrenunciable, contra toda forma de violencia, abuso o negligencia.
    Restituir el derecho a vivir en familia, es más que compartir un apellido y un hogar, implica garantizar que nuestros hijos e hijas crezcan en un ambiente estimulador, cariñoso y protector, donde sus necesidades y sueños sean el eje de nuestra vida familiar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario